Voy a hablar un poco del anteproyecto de ley sobre el crowdfunding. Mucho se ha hablado y escrito sobre el asunto desde que este viernes se publicará el anteproyecto de ley y desde Lanzanos también hemos hablado bastante sobre el proyecto (http://www.lanzanos.com/blog/entry/51/regulacion-crowdfunding-ley-confusa-perjudicicial/)
Mi opinión como responsable de Lanzanos.com y Seedquick.com es que el crowdfunding debe ser regulado dado que aunque no estoy muy deacuerdo con la intervención del Estado en la vida empresarial (no por la propia regulación sino porque van como un toro en una cristaleria) pero en algo como el crowdfunding donde mecenas y pequeños inversores ponen sus ahorros creo que deben de ser protegidos de alguna forma y también deberian ser recompensados con ayudas fiscales dado que mejor apoyo a la cultura y el emprendimento que el crowdfunding hay pocas cosas.
Todo lo escrito se refleja en el Título V – Régimen jurídico de las Plataformas de Financiación Participativa – -CAPÍTULO I – Plataformas de Financiación Participativa del anteproyecto de ley presentado el viernes. El documento es una mezcla de la futura legislación francesa y la JOBS Act americana.
Vamos a intentar desgranarlo poco a poco mediante preguntas y respuestas pero sigue siendo bastante interpretable y algo explicativo en varios de los puntos, en otros son bastante claros:
Desde Lanzanos y Seedquick echamos en falta que el gobierno no se haya puesto en contacto (no con nosotros en particular sino con las plataformas de crowdfunding) con nosotros para tener un dialogo con quien de verdad conocemos el mercado aunque esperamos poder conversar con ellos antes de sacar la ley definitiva.
¿Esta ley a que plataformas afecta?
Plataformas de Equity crowdfunding como son Socioseinversores.es, Thecrowdangel.com, Seedquick.com y plataformas de prestamos como Comunitae.com
La medida no afecta a las plataformas que son más conocidas que actuan en modo preventa y en donación como pueden ser Lanzanos, Verkami, Goteo.org,… según el articulo 47 del documento se excluyen plataformas de compra-venta o donaciones (también si son préstamos sin interes) Creo que en este punto es claro y el crowdfunding como se conoce en España no va a variar nada. Desde Lanzanos seguiremos asesorando a los autores de los proyectos que hagan facturas con el correspondiente IVA como si fuera una compra privada con sus mecenas tal y como esta ahora, echamos de menos alguna ayuda fiscal pero la verdad que en el anteproyecto dejan fuera de la regulación a este tipo de plataformas que son las más conocidas en España
Requisitos que tendrán las empresas de prestamos p2p y equity crowdfunding a partir de ahora
En el articulo 48 explica los requisitos y limitaciones que conlleva la regulación. Tener un capital de 150.000 euros, seguro de responsabilidad y auditorias y memorias por parte del Banco de España y la Comision Nacional de Valores. El problema que veo que en esta ley piden muchas cosas y nos hacen tener muchas obligaciones pero en ningun momento dan ayuda a los inversores o a la plataforma.
Forma de trabajar de las plataformas en el momento que se apruebe la ley
– El modelo de trabajar deberá cambiar dado que ya no permiten cobrar en función al éxito. El modelo del 5% deberá de cambiar.
– Los textos y como deben de exponerse los proyecto me parece bastante adecuado y desde Seedquick.com era por donde estabamos atacando (lenguaje claro sin ser tecnico, información detalla, avisos a los posibles inversores,…)
– La responsabilidad que se le dá a las plataformas es muy grandes y creo que no tenemos capacidad para aseugrar un modelo de negocio la verdad.
– Los deberes que vamos a tener ahora son bastante grandes imposibilitando que startups puedan crear sus plataformas de crowdfunding y dejando esto a empresas consolidadas de otros paises (todavía en España no hay empresas consolidadas en equity crowdfunding) o para entidades grandes.
– El por ejemplo no poder promocionar un proyecto es muchas de las obligaciones que vamos a tener pero no dan ninguna ventaja ni ayudas fiscales.
He contestado varias preguntas para Loogic.com que también las añado
¿Qué opinión te merece esta ley que pretende imponer el Gobierno de España para el Crowdfunding?
El regular una plataforma que sirve para hacer inversiones lo veo bastante lógico. Los aspectos como los regula son similares a otros países aunque otorga unas responsabilidades a la plataforma y unas multas que son dificiles de asumir. Que no hayan preguntando a ninguna plataforma de crowdfunding que existe en España antes de hace el anteproyecto tambien me choca bastante aunque espero que nos escuchen ahora antes de aprobar todo definitivamente.
Concretar que el crowdfunding más habitual en españa, el de preventa no lo tocan en ningún momento así que a plataformas como Lanzanos.com, Verkami o Goteo no las afecta la ley.
¿Qué aspectos crees que pueden resultar más negativos para el desarrollo del crowdfunding en España?
Son varios los puntos que considero negativos.
– El modelo de negocio no va a poder ser el del 5% porque no se puede cobrar en base al éxito (hay varios puntos de la ley que deben fijarse mejor dado que son bastante interpretables)
– Las responsabilidades de la plataforma son bastante grandes la verdad, nos tratan casi como a una entidad financiera.
– Los limites de 3.000 euros por proyectos y total 6.000 euros. Son demasiado exiguos.
Nos han traido muchos deberes para hacer pero ni un solo beneficio respecto a como se hace ahora mismo. Unas ayudas fiscales a quien ayude y apoye a las startups serían muy interesantes.
¿Qué te parecen las limitaciones a nivel de cantidad invertida por startup?
Se trata a las plataformas casi como entidades financiaras y los limites que se ponen a las inversiones son muy muy cortos. Como ejemplo quiero poner TheCrowdAngel.com, que la mitad de sus inversores superarían la cantidad de 3.000 euros. Después, el millón de euros de limite del proyecto me parece bajo, aunque comprendo un poco cómo se ha hecho esto.
La cantidad perfecta creo que sería unas 5 veces más: 15.000 euros por inversión, 30 mil al año y los proyectos como máximo 5 millones de euros.
¿Para tí qué es lo peor que puede traer esta ley a nuestro sector?
Me temo que al final sólo los bancos y entidades financieras podrán hacer crowdfunding en España por las responsabilidades, capital inicial y seguros exigidos.
Iré añadiendo preguntas y respuestas en estos días.